Residencias trampa mortal

imagesEl drama detectado en las residencias a causa del Covid-19 ha hecho emerger la desprotección de la vejez y nuestros mayores. En España culturalmente, las familias retrasan el ingreso de sus progenitores en una residencia cuando la situación de deterioro es tal, que su cuidado y atención en el hogar es insostenible.

El Covid 19 ha hecho aflorar la deficiente atención que nuestras sociedad presta a la tercera edad; la inadecuada dotación de medios, regulación y la falta de supervisión de las residencias que los acogen y de las que la administración deberá en su momento responder.

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La autodeterminación del paciente llega a la Supreme Court

supreme-court-external-view-01El Tribunal Supremo de UK – Supreme   Court –  falló recientemente una sentencia en la que se da una nueva interpretación al principio de autonomía del paciente que fundamenta el Consentimiento Informado, al introducir unas nuevas exigencias en torno al proceso de información que éste debe recibir.

Ello implica que se va a producir de modo lento – pero inexorable una nueva conceptualización de la Teoría del Consentimiento Informado, que debe llevarnos a reflexionar a los profesionales de la medicina sobre la realidad de la comunicación médico – paciente y como esta es percibida por y en los Tribunales.

Para ponernos en antecedentes la Sra. Montgomery – era una paciente diabética que no fue advertida por su ginecóloga (Dra. McLelland) que en su embarazo había un mayor riesgo de que el bebe fuera más grande. Por lo que en un parto vaginal el riesgo de padecer distocia de hombros se incrementaba considerablemente (9-10%) y que cabía la opción del parto por cesárea. Su hijo nació mediante parto vaginal y con una discapacidad grave. Debido a ello demandó al Hospital de Bellshill (Escocia) en representación de su hijo alegando negligencia médica por parte de la Dra. McLellan empleada del Servicio Público de Salud y responsable de su gestación.  Aquí tienen el fallo original.

Este artículo proviene del análisis que Galo Sánchez (farmacéutico y experto en evaluación de fármacos) realiza para la OMC. Hasta ahora la información que debía darse a un paciente sobre los riesgos del tratamiento y quien decidía lo que un paciente necesita saber se decidía por los médicos basándose en la Prueba de Bolam, que especificaba que su actuación se consideraría correcta siempre que fuera apoyada por un organismo responsable de opinión médica.

A partir de la sentencia Montgomery de la Supreme Court de UK se establece que corresponde a los pacientes decidir si los riesgos del tratamiento y las opciones alternativas les son adecuadamente comunicados. Dicha sentencia implica nuevas normas de consentimiento informado, según expone Sánchez: el paciente es quien decide, y para ello hay que informarle numérica y gráficamente de los riesgos en cuestión para alcanzar su nivel de comprensión (nivel inmediatamente superior al nivel básico de la cognición, al que llamamos nivel de entendimiento – según Bloom)

¿Cómo debe ser el proceso de información?

Cabe detenerse en este punto puesto que aun suponiendo que el médico ponga buena court-02-downloadvoluntad en informar a pesar de ello el paciente no alcance a entender y conocer para tomar, no cualquier decisión, sino la mejor decisión en la concreta situación sanitaria en que se encuentre.

La normativa española en la Ley 41/2002 (de autonomía del paciente)  – art.8 y 10 y el Real Decreto 1090/2015, de 4 de diciembre, (ensayos clínicos) al referirse a la información sanitaria y consentimiento informado, dicen literalmente que debe informarse “de forma comprensible a fin de preservar el principio de autonomía.

Prosigue Sánchez aludiendo a la autonomía como la capacidad para formular elecciones independientes tras haber recibido la información, es dudoso que el paciente llegue a ser autónomo sin haber comprendido y aprehendido la información facilitada.

Los dominios del aprendizaje de Bloom muestran para el dominio cognitivo seis niveles independientes que “explican” los distintos grados de conexiones neuronales que se asocian con la capacidad de resolver problemas de complejidad ascendente en la práctica. Por ejemplo, un estudiante puede responder a las preguntas de un examen de farmacología en la Facultad de Medicina, garantizando que en el momento de contestar tiene cognición al nivel 1 básico de “entendimiento”, pero no haber alcanzado el nivel 2 de “comprensión” y aún menos nivel 3 de “aplicación”, es decir de “aplicar” el razonamiento práctico y actuar en entornos distintos y distantes a los del aula en la que aprendió. Para alcanzar el de “aplicación” el estudiante ha tenido que frontalizar y practicar en distintas situaciones, trabajándose la construcción de una compleja urdimbre de conexiones sinápticas en el hipocampo, que en el nivel de entendimiento sólo era una escueta trama en proyecto de ser, y que podrá ser en acto sólo si es pedagógicamente estimulada

¿Qué se entiende por riesgo sustancial?

Al preguntarse la Supreme Court “qué se considera riesgo sustancial”, ha sido tajante pues en lugar de un organismo responsable de opinión médica, la decisión recae en una “persona razonable en la posición del paciente siendo ello una crítica sancionadora al paternalismo médico en toda regla.

Y por eso señala Sánchez que la conclusión de un “razonamiento práctico” sólido y eficaz es la realización de una acción: Aquélla que resulta ser lo mejor que puede hacer un agente concreto en unas circunstancias determinadas. El razonamiento que conduce a la acción ha de comenzar con premisas sobre los bienes que están en juego en una situación concreta, así como los daños y riesgos que los amenazan.

Les cito una parte del razonamiento en una traducción realizada por Elsa Nuez Lamata – en su Trabajo de Fin de Grado de la Facultad de Traducción e Interpretación de Valladolid

“Lord Kerr y Lord Reed encuentran que, desde Sidaway, ha quedado claro que el paradigma de la relación entre el médico y el paciente implícito en los discursos en ese caso ha dejado de reflejar la realidad. Sería un error ver a los pacientes como personas desinformadas, incapaces de entender los asuntos médicos o completamente dependientes de la información de los médicos. Esto está reflejado en las recomendaciones del Colegio Médico General de Reino Unido. Los Tribunales también son cada vez más conscientes de los valores fundamentales como la autodeterminación. [74-80] Los cambios sociales y legales señalan hacia un acercamiento de la ley que trata a los pacientes, en la medida de lo posible, como adultos capaces de comprender que el éxito de los tratamientos médicos es incierto y que estos pueden implicar riesgos, de aceptar responsabilidades sobre los riesgos que puedan afectar a su vida y de vivir con las consecuencias de sus decisiones. Esto conlleva el deber de los médicos de tener el cuidado de asegurar que el paciente es consciente de los riesgos materiales intrínsecos en un tratamiento. Además, debido a que el alcance en el que un médico puede inclinarse para debatir los riesgos con los pacientes no está determinado por la enseñanza o la experiencia médica, es probable que la aplicación del test Bolam a esta cuestión resulte en la sanción de las diferencias en la práctica atribuibles no a divergencias en las corrientes del pensamiento en medicina, sino, simplemente a las actitudes divergentes entre los médicos en el grado de consideración hacia sus pacientes.”

Concluyendo la Sentencia Montgomery llega en un momento en que nos encontramos con pacientes informados y empoderados – en un post anterior lo tratamos. Hay un cambio de paradigma de la medicina importante y los profesionales sanitarios no somos ajenos a ello.

La formalidad documental del Consentimiento Informado, tal y como se realiza actualmente en la práctica asistencial traduce la debilidad de la Teoría del Consentimiento, pues no hemos sido capaces de mejorar el proceso de información por parte del médico responsable a fin de que el paciente acceda al Consentimiento Informado con una información de mayor calidad y cumpliendo un deber ético asistencial y no una mera obligación formal. Sin embargo – el no hacerlo nos resta calidad asistencial y además seguridad jurídica a los implicados (profesionales sanitarios, instituciones, pacientes, compañías de seguros y operadores jurídicos).

Bienvenida sea la Sentencia Montgomery, porque es un estímulo para mejorar y avanzar en la necesaria información y comunicación médico-paciente, dando al paciente instrumentos con los que ejercitar el Principio de Autonomía en toda su amplitud y siendo responsable de las decisiones adoptadas. Ello implica cambios en las instituciones puesto que el proceso de información necesariamente deberá diversificarse, no basculando este únicamente sobre el médico responsable y dando entrada a más profesionales de la salud, que puedan ponerse en la posición del paciente.

Imágenes https://www.supremecourt.uk/press-office.html